El dictamen se aprobó en la pasada 65 Legislatura y busca facultar a la Guardia Nacional quitar carácter civil y eliminar controles
Morena y sus aliados se alistan a modificar, ahora, 12 artículos de la Constitución para que elementos militares asuman tareas de seguridad pública, ya no con un plazo límite hasta 2028, sino de forma permanente.
Esa reforma será la segunda batalla que darán en el Congreso la oposición y la nueva mayoría calificada de diputados y senadores conseguida por el llamado bloque de la Cuarta Transformación.
La iniciativa para reformar el carácter de la Guardia Nacional (GN) fue una de las 20 enviadas por el presidente Andrés Manuel López el pasado cinco de febrero. Dentro del paquete hay cambios al artículo 2 de la Constitución en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Si bien esa segunda propuesta de reforma será aprobada por unanimidad, no será así en el caso de la Guardia Nacional, en la que se prevé un nuevo choque entre Morena y opositores.
La iniciativa sobre Guardia Nacional fue dictaminada el 22 de agosto –en la pasada legislatura– pasado en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.
Fue aprobada en lo general con 22 votos a favor de Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde (PVEM), pero los cambios recibieron 18 votos en contra de la oposición conformada por Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).
Morena y sus aliados argumentaron que se trata de cambios que retoman las experiencias de la Ciudad de México para que la Guardia Nacional (GN) también pueda investigar delitos y se coordine con el Ministerio Público.
La oposición, en cambio, alertó el “perfeccionamiento” de la militarización, pues la Guardia Nacional –apuntó– ya no será por mandato de la Constitución civil y ya no habrá plazo de retorno del Ejército a los cuarteles en 2028.
La reforma dará al Ejecutivo la facultad de ordenar su uso en tareas públicas y adscribirá a la Guardia en la esfera de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), contrario al régimen transitorio vigente, que indica que las labores de ese cuerpo en tareas de seguridad deberían ser “excepcionales, subordinadas, complementarias, reguladas y fiscalizadas”.
La iniciativa propone –y así se aprobó el dictamen- adicionar una fracción VII al artículo 89 de la Constitución para dar a la persona titular del Ejecutivo Federal una nueva facultad: “Disponer del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley”.
En el artículo 21 propone eliminar el carácter civil de la Guardia Nacional y además se le adscribe a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y ya no a la autoridad civil de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
La redacción vigente establece: “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional”.
Ahora el dictamen indica: “La Federación cuenta con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de defensa nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.
La militarización denunciada por la oposición se completaría porque en el artículo 129 se busca, además, eliminar la prohibición expresa al Ejército para desempeñar tareas civiles, pues ese apartado indicaba: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.
La nueva redacción, en cambio, refiere que “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tenga previstas en esta Constitución y las leyes que de ella emanen” y entre esas funciones, según la misma propuesta de reforma, estarán las de seguridad pública.
Otros cambios consisten en establecer que la Guardia Nacional sí tendrá facultades en la investigación de delitos y que para ello tendrá coordinación con los Ministerios Públicos.
Además se propone, entre los requisitos para ser diputado, no estar en servicio activo en el Ejército, Fuerza Aérea, Armada o Guardia Nacional.
La reforma propone que los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional.