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Requisitos para cobrar una pensión de jubilación sin haber cotizado lo mínimo

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Las prestaciones no contributivas se conceden a aquellas personas en situación de necesidad y sin recursos suficientes.

Para acceder a una pensión de jubilación hace falta cumplir dos requisitos principales. El primero es haber alcanzado la edad legal de retiro, fijada para este año en 65 años; y, en segundo lugar, tener cotizado como mínimo 15 años. En este último supuesto, se podrá cobrar la prestación mínima que tiene una cuantía de 689,7 euros en caso de ser una unidad económica unipersonal, 654,60 euros si se tiene cónyuge o 851 euros si hay un cónyuge a cargo. Para llegar a la máxima, que se sitúa en 2.707,49 euros, se requiere 37 años cotizados y 3 meses o más; si se tienen menos de 37 años y 3 meses, la edad para llegar a la pensión más alta son los 66 años. 

Pero, ¿qué ocurre si una persona sin trabajo llega a la edad de 65 años y no ha cotizado el mínimo exigido? En este caso podrá tener acceso a una pensión no contributiva de jubilación que asegura a todos los ciudadanos mayores de 65, y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios. 

Podrán ser beneficiarios de este tipo de pensión, aquellos ciudadanos españoles y nacionales de otros países con residencia legal, que cumplan los siguientes requisitos: 

Límite de ingresos 

Se contempla como carencia de rentas o ingresos cuando estos sean inferiores a 5.639,20 euros al año, en cómputo anual para 2021. Eso sí, hay que tener en cuenta que si son menores a esta cifra y se convive con familiares, únicamente se cumplirá este requisito cuando la suma de las rentas de todos los miembros no supere las siguientes cifras: 

  • Convivencia solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado
  1. Dos convivientes: 9.586,64 euros al año
  2. Tres convivientes: 13.534,08 euros al año
  3. Cuatro convivientes: 17.481,52
  • Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
  1. Dos convivientes: 23.966,60
  2. Tres convivientes: 33.835,20
  3. Cuatro convivientes: 42.703,80

Además de esto, se precisará, como decíamos, tener 65 o más años y residir en España y haberlo hecho durante un periodo de diez años, en el periodo que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Compatibilidad

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y son los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona. 

Tomado de: La Información

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