El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis de las impugnaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al decreto por el que se expidió la Ley de la Fiscalía General de la República y se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de otros ordenamientos, todas ellas relativas a atribuciones de dicha institución, publicado el 20 de mayo de 2021.
En esta sesión, la SCJN invalidó el artículo 56, fracción I, inciso d), de la Ley de la Fiscalía General de la República, que establecía como requisito para ingresar al servicio profesional de carrera, no encontrarse sujeta o sujeto a proceso penal. Ello por resultar violatorio del principio de presunción de inocencia, al dar trato de culpables a personas que no han recibido una sentencia condenatoria.
La discusión de este asunto continuará en sesión posterior del Pleno de la SCJN.
Acción de inconstitucionalidad 98/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas, General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 20 de mayo de 2021. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Saúl Armando Patiño Lara y Jonathan Santacruz Morales.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.