Inicio OPINIONES 30 de Agosto Día Internacional de las Desapariciones Forzadas

30 de Agosto Día Internacional de las Desapariciones Forzadas

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Por. – Maestro Juan Carlos Charleston Salinas, Abogado Postulante.
Juanccharleston@hotmail.com. 9211410835 celular
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1.-En el 2010 fue decretado por la Asamblea General de la ONU como el Día Internacional de las Desapariciones Forzadas; iniciaremos con la pregunta qué es la desaparición forzada y de conformidad con la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas es “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.”

2.- En México de acuerdo a los informes de las Oficinas del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México, el tema de desaparición es una prioridad. Prueba de ello es su publicación «La desaparición Forzada en México: una mirada desde los organismos del Sistema de Naciones Unidas», la cual representa sólo una pequeña parte de su respuesta a este desafío. Las estadísticas oficiales nos hablan de más de 75 000 casos de personas desaparecidas, 74% de los cuales son hombres y 26% mujeres. 

3.-La desaparición forzada se usa a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad. Las penas de los delitos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada por particulares a quien prive de la libertad a una persona con la finalidad de ocultar a la víctima o su suerte o paradero son de veinticinco a cincuenta años de prisión.

¿Quién comete la desaparición forzada?

4.-En el Código Penal Federal se establece que quien comete el delito de desaparición forzada es aquel servidor público que propicie o mantenga el ocultamiento de una persona bajo cualquier forma de detención. «Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal
de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención», se menciona en el artículo 215-A del Código Penal Federal.

5.-Las víctimas de desapariciones, al haberlas separado del ámbito protector de la ley y al haber «desaparecido» de la sociedad, se encuentran, de hecho, privadas de todos sus derechos y a merced de sus aprehensores.

Algunos de los derechos humanos que las desapariciones forzadas violan con regularidad son:
 El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica.
 El derecho a la libertad y seguridad de la persona.
 El derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
 El derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida.
 El derecho a una identidad.
 El derecho a un juicio imparcial y a las debidas garantías judiciales.
 El derecho a un recurso efectivo, con reparación e indemnización.

 El derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición.

 El derecho a la protección y a la asistencia a la familia.
 El derecho a un nivel de vida adecuado.
 El derecho a la salud.
 El derecho a la educación.

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