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Progresividad

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El principio de progresividad fue incluido en la Constitución Mexicana en esa reforma
histórica del 2011.

El tercer párrafo del artículo 1º lo contempla: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad.”

El principio de progresividad refiere que los derechos no pueden disminuir, sólo pueden
aumentar, de manera que progresen gradualmente.

Está principio constitucional ha venido siendo vulnerado. Día a día nos vamos enterando
que recortan o retiran recursos de programas diversos que han podido lograrse gracias al
esfuerzo social, político y jurídico de muchos hombres y mujeres en este país.

De ahí la importancia de la acción de inconstitucional sin precedente que ha sido
presentada en diciembre pasado en contra de la aprobación del Presupuesto de Egresos
de la Federación para el ejercicio 2022 (PEF 2022), presentado por más del 33% de
diputados y diputadas federales, sustentada justamente en la violación del principio de
progresividad constitucional, con relación a la protección de los derechos humanos con un
contenido económico y social.

Esta acción de inconstitucionalidad que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
deberá admitir y resolver, hace énfasis “en el carácter inconstitucional del recorte al
presupuesto que el partido político oficial morena impulsó en contra del Instituto
Nacional Electoral (INE), que al ser regresivo anula derechos de mexicanos y mexicanas,
en este caso derechos políticos -a sabiendas que tiene que llevar a cabo la elección
prevista de revocación de mandato- pero que también impide al INE realizar sus
funciones constitucionales establecidas en los artículos 35 y 41, por lo tanto va en contra
del principio de progresividad.

El resolutivo del Pleno de la SCJN permitirá voltear la mirada a la vulneración sistemática
que se viene dando con recortes a diversos programas y acciones en contra de la
población con consecuencias graves y muchas veces irreversibles.

Ejemplos muchos que han sido documentados -y que enfatiza la acción de
inconstitucionalidad presentada- en estos tres años de gobierno federal.

En materia de salud, el programa de Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para
la población sin seguridad social laboral, ha tenido un recorte de 10 mil millones de pesos.
En educación, desaparecieron los programas de Escuelas de Tiempo Completo y el de
Atención a la Diversidad de la Educación Indígena, o la iniciativa del presidente López
Obrador que plantea desaparecer al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali).

Qué decir en materia de derechos adquiridos a favor de las mujeres mexicanas que han
tenido recortes sustanciales como los del programa para promover la atención y
prevención de la violencia contra las mujeres, el de la atención a víctimas, estancias
infantiles; o la desaparición de instituciones mediante Decretos como acaba de suceder el
fin de semana con la desaparición del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), por
treinta años encargado de fortalecer y fomentar las acciones de la sociedad civil y su
relación con los gobiernos, pero también, era la que operaba el Programa de Apoyo a
Instancias de Mujeres en las entidades federativas, sobre la protección y atención de la
violencia contra las mujeres (PAIMEF), los refugios para mujeres víctimas de violencia y
llevaba el registro federal de organizaciones de la sociedad civil (CLUNI).

Graves daños a derechos humanos está causando la vulneración sistemática al principio
constitucional de progresividad de derechos humanos y en la última parte del tercer
párrafo del artículo 1º señala también: “En consecuencia, el Estado deberá prevenir,
investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos
que establezca la ley.”

Referente sin duda será el Resolutivo de la SCJN respecto de la interpretación jurídica que
darán del principio constitucional de progresividad, con relación a la protección de los

derechos humanos con un contenido económico y social y sus consecuencias
trascendentales.

Por ello, todas las acciones encaminadas a defender el principio de progresividad deben
ser ineludibles, porque implica defender derechos humanos.

rgolmedo51@gmail.com
@rgolmedo
Palabra de Mujer Atlixco
rociogarciaolmedo.com

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Diputada de la LX Legislatura del @CongresoPue Integrante del
@GL_PRIPuebla Maestra en Derecho, Políticas Públicas y Género.

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